Noticias » Provinciales

Tarifazo del gas: confirman su inconstitucionalidad...Pero ....

Desde la empresa Litoral Gasaseguraron estar al tanto de las novedades pero en este caso, aclararon que hasta tanto no se emita la sentencia firme ellos seguirán aplicando el decreto nacional como hasta ahora. Hasta ese momento no harán ninguna modificación. De hecho Aníbal Paradiso, gerente de Relaciones Institucionales de la empresa, afirmó que desde el Enargas les informaron que ellos deben seguir aplicando la normativa

 

Lo más leído:

"Hasta tanto no dicte la sentencia firme, Litoral Gas no está autorizado a reintegrar el dinero a quienes lo hayan pagado."        
                                                               

 La Unión de Usuarios y Consumidoresinformó que se consiguió el segundo fallo de la justicia rosarina que asegura ser inconstitucional el decreto nacional que se cobraba por el “cargo de gas importado”. Según informaron ahora pasa directamente a la Corte Suprema de Justicia la espera de que la medida judicial obligue a la empresa encargada de brindar el servicio a refacturar las boletas emitidas desde la aplicación y a reintegrar el dinero a los usuarios que lo hayan abonado.

La Cámara Federal de Apelaciones- Sala A de Rosario, con el voto de los doctores Arribillaga, Barbará y Carrillo, confirmó la sentencia de juez de primera instancia, del doctor Zucchi, que declara la inconstitucionalidad del decreto 2067/2008 del Poder Ejecutivo Nacional. La polémica norma conocida bajo la denominación “cargo de gas importado”, se tradujo en aumentos desproporcionados en las facturas de gas, lo que originó preocupación en los usuarios de todo el país.

En un comunicado oficial que emitió la Unión de Usuarios y Consumidores informó: “Nos complace informar una saludable decisión. El pasado 18 de abril, la Cámara Federal hizo lugar al pedido de la entidad defensora de los usuarios en su totalidad, disponiendo: hacer lugar al recurso de amparo y en consecuencia declarar la inconstitucionalidad del decreto 2067/08 y demás resoluciones. También se ordena a la empresa Litoral Gas que proceda a refacturar las boletas emitidas a partir de la aplicación de los instrumentos legales cuestionados. Y además deberá ordenar el reintegro a los usuarios de las sumas percibidas en concepto del cargo por gas importado”.

Ante esta situación, la Unión de Usuarios y Consumidores, así como lo fue informando ON24 anteriormente, inició a mediados del año 2009 “un recurso de amparo intentando poner un freno judicial al famoso tarifazo del gas”. Pero aunque se obtuvo sentencia favorable en primera instancia, en septiembre de ese mismo año, todavía quedaban dudas sobre la evolución del conflicto y no se sabía si a los usuarios se les cobraría las sumas que por efecto de la resolución mencionada se abstenían de pagar.

Desde la ONG insistieron en remarcar que los usuarios no están obligados a pagar ese cargo, ya que sigue vigente la medida cautelar del defensor de la Nación. Quienes reciban las boletas del gas con este importe pueden acudir a las oficinas de Litoral Gas (Mitre y San Lorenzo) para que le emitan la factura sin ese monto. “Este es el primer fallo de 2º instancia en llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, remarcó Valeria Vaccaro, abogada de la Unión.

Voz Oficial

Desde la empresa Litoral Gasaseguraron estar al tanto de las novedades pero en este caso, aclararon que hasta tanto no se emita la sentencia firme ellos seguirán aplicando el decreto nacional como hasta ahora. Hasta ese momento no harán ninguna modificación. De hecho Aníbal Paradiso, gerente de Relaciones Institucionales de la empresa, afirmó que desde el Enargas les informaron que ellos deben seguir aplicando la normativa.

 

 

 

Seguir a SJoseVirtual en Twitter

 

 


Galería de imágenes

 

Fuente:
Redacción ON24

Fecha de publicación: 03/05/2011    |    143 lecturas

Comentar


Clima
Cereales
Divisas